Resolución TEAC: vinculación de la valoración de una Administración Tributaria en relación con otra
- Cerebrín
- 26 ago 2019
- 1 Min. de lectura
Hola, compañer@!!
Hoy os quiero hablar de la resolución 03337/2018 del TEAC con fecha 14/5/2019.
En este caso se plantea si tiene efectos vinculantes la valoración de un bien (art. 57 LGT) realizado por una Administración Tributaria Autonómica respecto a AEAT, siendo el mismo objeto de valoración (misma operación y mismos bienes).

La Administración Tributaria de Castilla La Mancha, en el curso de un procedimiento inspector, realiza una actuación de comprobación de valores a 5 inmuebles, mediante dictamen de peritos, recogido en el art. 57.1e LGT, a efectos el ITPAJD.
Posteriormente AEAT, desarrolla un procedimiento inspector con alcance parcial (art. 148 LGT) cuyo objeto es la comprobación de la operación relacionada con los inmuebles mencionados anteriormente. Para ello realiza otra comprobación de valores (134 LGT), cuyo resultado difiere de la valoración para el impuesto cedido a la comunidad autónoma.
Pues bien, el Tribunal Económico Administrativo resuelve que el valor comprobado por Castilla la Mancha es vinculante para las dos Administraciones, debiendo anular la liquidación efectuada por AEAT.
Ojo! En la resolución también se plantea si el procedimiento inspector de AEAT supera el plazo máximo de resolución, pero aplica el art. 150LGT vigente para el ejercicio 2007. Os invito a que analicéis la duración del mismo con la redacción actual del art. 150 LGT ¿Se ha superado el plazo máximo de duración? Si fuera así, ¿Qué consecuencias tendría?
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